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USO DE LOS RECURSOS BIOLÓGICOS Y GENÉTICOS EN LA UT

La Universidad del Tolima como Institución Nacional de Educación Superior realiza a través de proyectos de investigación y prácticas de campo de asignaturas, recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines no comerciales. De acuerdo con el Decreto 1076 de 2015, estas actividades deben ser autorizadas mediante un permiso de recolección, el cual permite el acceso legal de especímenes a nivel nacional para estudios de investigación básica en las áreas de sistemática molecular, ecología, evolución y biogeografía. Estas actividades contribuyen al fortalecimiento de las capacidades científicas y tecnológicas de la región, y del inventario nacional de la biodiversidad en las colecciones científicas.

Actualmente, la Universidad del Tolima cuenta el Permiso Marco de Recolección otorgado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) mediante Resolución 02191 de 2018, que autoriza actividades de recolección a nivel nacional, incluyendo, el Departamento del Tolima.

Como resultado de ello, la Universidad del Tolima adquirió diferentes obligaciones con la ANLA, entre ellas, la presentación de informes semestrales del material colectado, el ingreso de la información asociada de los especímenes en el Sistema de Información en Biodiversidad de Colombia (SIB), y el depósito de los especímenes en colecciones registradas ante el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”.

Por otra parte, algunos grupos de investigación de la Universidad del Tolima realizan actividades que configuran acceso al recurso genético y/o sus productos derivados. Estos recursos son propiedad del Estado y, por lo tanto, son inalienables, imprescriptibles e inembargables; y su acceso, bien sea en forma de genes o productos derivados (como metabolitos), está regulado por la Decisión Andina 391 de 1996 o Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos.Por lo anterior, mediante Resolución N° 1313 del 21 de diciembre de 2020 se perfecciona el Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados N° 294 de 2020 suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad del Tolima, con el que se otorga permiso a la universidad para el acceso a los recursos genéticos y productos derivados en desarrollo del “Programa de Investigación en Bioprospección y Biotecnología de la Biodiversidad Colombiana” cuyo objeto es desarrollar investigación básica y aplicada asociada a la bioprospección y biotecnología de la biodiversidad colombiana. En virtud de este contrato, los investigadores de la Universidad del Tolima realizarán acceso legal a los recursos genéticos y productos derivados cuando desarrollen proyectos conducentes a la obtención de avances biotecnológicos y patentes en áreas transcendentales para la región y el país como la salud, la alimentación, la agricultura y la veterinaria.

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NORMATIVIDAD

Normatividad y Documentos Institucionales

 Normatividad Nacional e Internacional 

  • Decreto 1076 de 2015. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.
  • Resolución 1372 de 2016. “Por el cual se establece la tarifa mínima de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”.
  • Resolución 1348 de 2014. “"Por la cual se establecen las actividades que configuran acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados para la aplicación de la Decisión Andina 391 de 1996 en Colombia."
  • Resolución 1352 de 2017. "Por la cual se modifica la Resolución 1348 de 2014"
  • Decreto 2353 de 2019. “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y se determinan las funciones de algunas dependencias” sobre consulta previa.
  • Decreto 1375 de 2013. “Por el cual se reglamentan las colecciones biológicas”.
  • Decreto 2811 de 1974. “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.
  • Ley 165 de 1994. Convenio de las Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica.

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ACTIVIDADES QUE CONFIGURAN EL ACCESO A RECURSOS GENÉTICOS Y SUS PRODUCTOS DERIVADOS

 

La Resolución 1348 de 2014 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establece las actividades que configuran acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados para la aplicación de la Decisión Andina 391 de 1996 en Colombia y se toman otras determinaciones. En su artículo 2, la resolución establece que configuran acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados las siguientes actividades que se realicen con especies nativas, bien sea de forma silvestre, domesticada, cultivada o escapada de domesticación, incluyendo virus, viroides y similares que se encuentren en el territorio nacional o fuera de éste:

  1. Las que pretendan la separación de las unidades funcionales y no funcionales del ADN y/o ARN, en todas las formas que se encuentren en la naturaleza.
  2. Las que pretenden el aislamiento de una o varias moléculas, entendidas estas como micro y macromoléculas, producidas por el metabolismo de un organismo.
  3. Siempre que se pretenda solicitar patente sobre una función o propiedad identificada de una molécula, que no se ha aislado y purificado.

Adicionalmente, la Resolución 1352 de 2017 en su artículo 2, adiciona el Parágrafo 3 al Artículo 2 de la Resolución 1348 de 2014 de la siguiente manera:

Parágrafo 3: Cuando se pretenda una solicitud de patente para productos o procedimientos obtenidos o desarrollados a partir de recursos genéticos o de sus productos derivados, el solicitante deberá presentar ante la oficina nacional competente, copia del contrato de acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados, en atención a las disposiciones contempladas en la Decisión andina 486 de 2000.

Documentos Contrato de ARG

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CASOS ESPECIALES DENTRO DEL PERMISO DE RECOLECCIÓN

 

Recolecta especies amenazadas, vedadas o endémicas

En el caso que se busque recolectar especies amenazadas, vedadas o endémicas, el titular del Permiso de Recolección deberá solicitar autorización previa a la autoridad competente para llevar a cabo dicho proyecto de acuerdo con el Formato de Solicitud de Autorización de Recolección de Especies Amenazadas Vedadas o Endémicas. La Autoridad competente puede ser el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, o la Corporación Autónoma

Recolecta en un área del sistema de parques nacionales naturales

El titular del Permiso de Recolección que desee recolectar especímenes al interior de un área del Sistema de Parques Nacionales Naturales deberá, previo a la recolección, obtener autorización de Parques Nacionales Naturales de Colombia. Esta solicitud puede realizarse en la plataforma VITAL.

Para obtener dicha autorización, el solicitante deberá presentar ante Parques Nacionales Naturales de Colombia el Formato de Recolección

Actividades de recolección en área de influencia de grupos étnicos

En el caso enel quelasactividadesderecolecciónrequierancumplirconlaconsultapreviaalosgrupos étnicos, la institución Nacional de Investigación será la única responsable de adelantarla conforme al trámite legal vigente. El cumplimiento de dicho requisito es obligatorio, previo al inicio de la ejecución de cada proyecto y deberá ser reportado en los informes de seguimiento del Permiso Marco de Recolección que sean.

 

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